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Legales - Contratos de Adhesión - Ley 24.240 > Fideicomiso - Solicitud del Tomador Versión 1

Solicitud del Tomador Versión 1

SOLICITUD DE CRÉDITO AL FIDEICOMISO “AFLUENTA FIDEICOMISO I”

Lugar y fecha

Sres. Afluenta S.A. (exclusivamente como fiduciario del Fideicomiso “FIDEICOMISO AFLUENTA I”):
Presente

Solicito un préstamo de (1) mínimo $ 27.680,00 (pesos veintisiete mil seiscientos ochenta) / máximo $ 34.600,00 (pesos treinta y cuatro mil seiscientos) pagadero en 36 cuotas mensuales calculadas bajo régimen de amortización francés. (2) Interés mínimo 45,50%, máximo 46,50% nominal anual (sin contar gastos y costo de seguro). (3) Compañía que cubre seguro de vida obligatorio: Cía. Aseguradora CARDIF S.A..

Datos del solicitante:
Nombres y apellido:
Número de documento de identidad:
Estado civil:
Fecha y lugar de nacimiento:
Nacionalidad:
CUIT/CUIL:
Fuente de ingresos:
Teléfono:
Celular:
Domicilio postal:
Dirección electrónica:

CONDICIONES de aceptarse la solicitud:

1. Monto, plazo e interés: serán determinados entre el mínimo y el máximo indicados conforme al resultado de la subasta de esta solicitud de acuerdo al procedimiento descripto en el sitio de Afluenta www.afluenta.com (el “Sitio”).
2. Tasas, gastos y costo financiero total: la tasa efectiva anual, la tasa efectiva mensual, los gastos y el costo financiero total me serán informados en caso de serme adjudicado al préstamo mediante la Comunicación de Otorgamiento (definición más abajo). Los gastos a mi cargo a la fecha de la presente son: Al momento del Otorgamiento: (a) Gastos de gestión de documentación (hasta $ 99+IVA al momento del otorgamiento), (b) Comisión por Otorgamiento (hasta 5,00% + IVA sobre el monto solicitado) (c) Impuesto de Sellos sobre el Pagaré (según alícuotas vigentes). Con el vencimiento de cada cuota (a) Gastos Administrativos (0,32% + IVA sobre el saldo de de deuda) (b) Gasto de Cobranza de Cuotas ($ 5,00 + IVA) (b) Seguro de Vida Obligatorio (c) Seguros opcionales elegidos. En caso de Incumplimiento: (a) Gastos de débitos fallidos (hasta $15 + IVA por intento fallido), (b) Gastos de gestión de cobranza por pago fuera de término (hasta $25 + IVA y 8% + IVA del saldo a pagar por cada atraso o pago fuera de término), (c) Gastos de gestión judicial (5% del saldo total adeudado). El costo mensual a pagar por la prima del seguro de vida de saldo deudor asciende actualmente a (i) 0,22% sobre saldo de deuda en la compañía Cardif Seguros S.A. o (ii) 0,22% sobre saldo de deuda en la compañía Triunfo Cooperativa Limitada De Seguros. Los montos no incluyen IVA. Todo cambio en los importes consignados figurará en el Sitio.
3. Lugar de pago: sin perjuicio de lo indicado en cláusula 7, los pagos deberé efectivizarlos en Av. Dorrego 1789 Piso 5 Oficina 503, 1414 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina o donde Afluenta indique.
4. Falta de pago: la falta de pago de una sola cuota implica mora sin necesidad de interpelación alguna. En caso de mora en el pago de una cuota se devengará además del interés compensatorio un punitorio del 50% de los compensatorios hasta el efectivo pago. Mantenida la mora durante 30 días se hará exigible de inmediato el total del crédito por capital e intereses como si fuera de plazo vencido.
5. Pagos parciales: los pagos parciales o entrega de dinero a cuenta, luego de operada la mora, no implicarán quita, espera, remisión o novación de la obligación, aún cuando fueran posteriores a la demanda; y ésta proseguirá su curso por el saldo del capital, intereses y costas.
6. Cancelación anticipada: tengo derecho a cancelar en forma anticipada todo el préstamo, una vez amortizada la mitad del capital, pagando el saldo de capital, los intereses devengados a la fecha y un recargo de hasta el 2,00% + IVA sobre el saldo de capital.
7. Autorización para débito en cuenta: autorizo que todo importe adeudado del préstamo se debite de la siguiente cuenta, o la que indique en el futuro:
Banco:
Tipo de cuenta:
CBU:
En la misma cuenta se acreditará el importe neto del préstamo, en caso de ser concedido.
8. Transferencia del crédito: el presente crédito podrá ser transferido sin necesidad de notificarme, conforme lo establece
la ley 24.441, aún con posterioridad al incumplimiento de cualquiera de mis obligaciones. No obstante, seré notificado
por medio fehaciente cuando la transferencia del crédito implique la modificación del domicilio o modalidad de pago.
9. Pagaré/s: el importe total del crédito será instrumentado en uno o más pagarés librado/s por el suscripto a la vista, sin
protesto. La presentación para el cobro se entenderá cumplida con el mantenimiento del pagaré a disposición del deudor en las oficinas de Afluenta o del endosatario. Independientemente del monto del pagaré, Afluenta sólo reclamará la suma realmente adeudada.

Autorización para informar: conforme a la ley 25.326, autorizo a Afluenta a proveer a las bases de datos de antecedentes comerciales y financieros información acerca del grado de cumplimiento del presente crédito o de mi situación patrimonial.
Manifiesto que los datos consignados en la presente son verídicos.
Aceptación y formalización del préstamo: en el caso de resultar exitoso el proceso de subasta, recibiré del Fiduciario en mi dirección de correo electrónico ejemplo@hotmail.com la “Comunicación de Otorgamiento” los términos y condiciones definitivos de la solicitud de préstamo, de donde surgirán el monto del mismo, tasa de interés aplicable, el costo financiero total, importe y fecha de vencimiento de cada cuota. Se considerará formalizado el contrato de préstamo mediante la acreditación del importe solicitado – neto de los gastos arriba indicados – en la Cuenta del Deudor, sirviendo tal acreditación de suficiente recibo.
Desistimiento: si una vez presentada esta solicitud, y antes de recibida la Comunicación de Otorgamiento, desistiera de la misma, Afluenta podrá debitar de la Cuenta del Deudor una comisión que se especificará en el Sitio (la “Comisión de Desistimiento de Subasta”).

SEGURO DE VIDA OBLIGATORIO:
Por el presente solicito mi incorporación al Seguro de Vida que Fideicomiso Afluenta I, en su carácter de Tomador, ha contratado con Cardif Seguros S.A., en adelante “CARDIF”, cuya Condiciones Generales y Particulares se establecen en la Póliza N° 10.225/01 y que se detallan resumidamente a continuación, notificándome en este acto y aceptando expresamente sus términos y condiciones. Asi mismo, autorizo a debitar mensualmente el precio del seguro de mi Préstamo.
EDADES DE INGRESO Y PERMANENCIA: dieciocho (18) años hasta setenta y tres años (73) años inclusive. Edad máxima de permanencia: hasta el día que el Asegurado cumpla los setenta y cinco (75) años. RIESGOS CUBIERTOS: La cobertura será otorgada a prorrata entre los titulares del préstamo.
Fallecimiento: El importe de capital asegurado será el Saldo de Deuda al momento del fallecimiento hasta ochenta mil pesos ($ 80.000). Invalidez Total y Permanente: El importe de capital asegurado será el Saldo de Deuda al momento de la incapacidad hasta ochenta mil pesos ($ 80.000) COSTO MENSUAL DEL SEGURO: 0,22 % sobre el saldo de deuda (Capital restante). EXCLUSIONES: La Compañía no pagará la indemnización cuando el siniestro se produjera por alguna de las siguientes causas: Fallecimiento: a)Suicidio voluntario del Asegurado, salvo que su Certificado Individual hubiera estado en vigor ininterrumpidamente durante un año como mínimo. b)Acto ilícito del Tomador del seguro. c)Participación del Asegurado en empresa criminal o por aplicación legítima de la pena de muerte. d)Accidente provocado dolosamente o por culpa grave del Asegurado. e)Hechos de guerra que no comprenda a la Nación Argentina. En caso de comprenderla, las partes se regirán por las normas que en tal emergencia dictaren las autoridades competentes. f)Actos de terrorismo, cuando el Asegurado sea partícipe voluntario de ellos. Cláusula de Invalidez Total y Permanente: Las expresadas en los incisos a), b), c), d), e) y f) de las causas de exclusión de fallecimiento y adicionalmente h)Consecuencia directa o indirecta del abuso de alcohol. i)Consumo de drogas, estupefacientes, narcóticos, estimulantes o similares, salvo que estos hubieran sido prescriptos por médico habilitado. J)Intervenciones médicas o quirúrgicas ilícitas. k)Práctica o uso de la navegación aérea, salvo como pasajero en líneas regulares en aviones que posean como mínimo 30 asientos destinados a pasajeros, o por otras ascensiones aéreas o aladeltismo. l)Participación en viajes o prácticas deportivas submarinas o subacuáticas o escalamiento de montaña. m)Competir en pruebas de pericia y/o velocidad con vehículos mecánicos o de tracción a sangre o en justas hípicas, o cualquier otra prueba análoga. n)Intervenir en pruebas de prototipos de aviones, automóviles y otros vehículos de propulsión mecánica. o)Desempeño paralelo de las profesiones de acróbata, buzo, jockey y domador de potros o fieras y/o la práctica de deportes o actividades peligrosas como alpinismo, andinismo, esquí acuático o de montaña, motonáutica u otras actividades análogas y manipuleo de explosivos y/o armas o con exposición a radiaciones atómicas, salvo pacto en contrario. p)Acontecimientos catastróficos originados por reacciones nucleares. q)Cuando el Asegurado sea integrante de una fuerza de seguridad (privada o pública) y el evento se produzca como consecuencia del desarrollo de su actividad y en cumplimiento de su deber.
Atentamente,

Firma Solicitante:

Aclaración Solicitante:

Doc. de identidad Solicitante:

Fecha de Firma: